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Asalto y Agresión en la Florida - ¿En Qué Se Diferencian?

  • Por: El abogado de Defensa Criminal de Miami
  • Jul 10, 2018
  • 4 min read

Usted escucha los términos "asalto y agresión" con frecuencia y puede llegar a pensar que ambos van de la mano, o que sólo se trata de dos palabras diferentes usadas para identificar un mismo delito. De hecho, en la Florida, los dos términos describen dos actos criminales distintos pero que a su vez están relacionados.

Una persona puede ser acusada de perpetrar un asalto contra otra persona, pero puede que en realidad no se trate de un asalto como tal. Del mismo modo, una agresión puede no implicar un asalto previo. Por otra parte, un asalto también puede conducir a una agresión y la persona que cometió ambos puede ser condenada por los dos delitos.

¿Confundido? Le explicaremos cuál es la diferencia entre estos dos tipos de ofensas y cuáles penas podrían ser impuestas si es condenado por cualquiera de ellas.

El Asalto

Para la ley criminal de la Florida, la agresión no implica ningún tipo de contacto físico entre el perpetrador y la víctima. Este delito implica la comisión de una amenaza de violencia contra otra persona, ya sea que la amenaza sea perpetrada verbalmente o con acciones. La amenaza debe ser lo suficiente como para que la víctima tema de que un acto de violencia pueda perjudicarla, aunque a la final nada ocurra.

Un ejemplo típico de un motivo de asalto es cuando alguien se apresura a acercarse a otra persona empuñando un martillo, agitándolo y gritándole obscenidades. Mientras no haya contacto físico real, esto puede ser considerado un asalto bastante serio, pero no una agresión.

El Asalto

Para la ley de la Florida, la agresión involucra un contacto físico no deseado o daño corporal. Es posible que ese contacto no le cause daño a la víctima, pero incluso si tan sólo la toca, siempre y cuando no esté permitido o no se quiera, este acto podría clasificarse como una agresión.

Diferentes Grados de los Delitos de Asalto y Agresión

El asalto y la agresión se clasifican por separado de acuerdo con su gravedad o peligrosidad. Esta clasificación se utiliza para definir el delito cometido y las posibles penas que podrían imponerse en caso de ser condenado.

El Asalto se clasifica como: asalto simple y asalto agravado o grave. El asalto simple es el menos gravoso, pero sigue siendo un delito menor de segundo grado, y una condena puede resultar en una sentencia de hasta 60 días de cárcel y una multa de hasta $500 dólares. El asalto agravado es un delito grave de tercer grado con una sentencia de cárcel de hasta 5 años y una multa de $5,000 dólares.

La agresión, debido a que implica contacto real o daño físico, es sin duda el delito más grave entre estos dos, pero también se clasifica en tres grados distintos. La agresión simple, sólo involucra el contacto físico no deseado, y constituye un delito menor de primer grado con una sentencia de 1 año de cárcel y una multa de $5,000 dólares.

Una agresión gravosa es más severa y generalmente se considera cuando el acusado ha sido condenado previamente por cometer agresión contra una víctima. La agresión con agravantes es la ofensa más grave de este tipo penal y por lo general se le acusa de ello cuando se alega que alguien ha sido lastimado gravemente o lesionado con un arma u objeto mortal.

Como con muchos otros crímenes, usted no es considerado culpable de un crimen de asalto o agresión a menos que los fiscales puedan probar su culpabilidad más allá de toda duda razonable. El abogado criminalista de Miami, Albert Quirantes Esq., y su equipo de abogados defensores criminales, analizan cada caso por sus propios fundamentos y diseñan una estrategia de defensa que expone cualquier debilidad o inconsistencia de la fiscalía en el caso. Entre las típicas defensas por asalto y/o agresión se incluyen:

• Defensa propia: el acusado usó una amenaza verbal o de otro tipo, o empleó violencia cuando su propia vida estaba bajo la amenaza de violencia de otra persona;

• Accidente: el acusado sólo bromeaba cuando amenazaba a la otra persona;

• Carencia de Intención: los fiscales deben ser capaces de probar que el acusado era capaz de llevar a cabo la amenaza de dañar a alguien más y que tenía la intención de hacerlo. Esto puede ser refutado con éxito;

• Defensa de Otra Persona: una amenaza de violencia o el uso de violencia pueden haber sido justificadas porque se pensaba seriamente que otra persona estaba haciendo o a punto de hacer daño a un tercero;

• Defensa de la Propiedad: defendiendo la propiedad personal, especialmente la casa.

Albert Quirantes: Su Abogado en Defensa Criminal & DUI de la ciudad de Miami

Por más de 30 años, el abogado en defensa criminal de la ciudad de Miami, Albert M. Quirantes, ha defendido de forma agresiva y celosa los derechos de los acusados por la comisión de delitos graves y menores en todo el sur de la Florida. Con su dedicado equipo, sus honorarios legales razonables, y su bien ganada reputación, al desafiar a los fiscales a cada paso, ha protegido a más de 8.000 clientes que se han encontrado en los momentos más difíciles de su vida.

¡Amplíe sus conocimientos! Si desea saber más acerca de cómo resolver los problemas que puede enfrentar al ser acusado por un delito en el estado de la Florida, siga al Abogado en Defensa Criminal de Miami Albert Quirantes en Facebook, Twitter, or Google+.

Si usted ha sido arrestado y acusado por la comisión de un crimen, por favor llámenos hoy al (305) 644-1800 o complete nuestro formulario en línea, para programar su consulta inicial gratuita y confidencial. Esperamos poder asistirle.

Si usted tiene alguna pregunta acerca de este artículo o cualquier otra acusación criminal, llame al Abogado en Defensa Criminal de la Ciudad de Miami Albert Quirantes al: 305-644-1800 o visite nuestra página web www.CriminalDefendant.com para accesar directamente al bufete, enviarnos un mensaje de texto u obtener un mapa de localización de nuestra oficina.

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