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La Corte Suprema de los Estados Unidos decide que los conductores de vehículos prestados o alquilado


Unánimemente la Corte Suprema de los EE.UU. dictaminó el pasado lunes que un conductor de un vehículo alquilado cuenta con una distinta expectativa razonable de privacidad, aunque la misma no esté listada en el contrato de alquiler. El juez Anthony Kennedy expuso la decisión de la Corte sobre que la policía no puede registrar vehículos alquilados de manera aleatoria simplemente porque los conductores no son los dueños del mismo.

"La Corte ahora sostiene como regla general que un individuo que tenga posesión y control legal de un vehículo de alquiler cuenta con una expectativa razonable de privacidad, incluso si el contrato de alquiler no lo incluye como conductor autorizado," escribió el Juez Kennedy.

La Corte Suprema consideró el caso de Terrence Byrdquien manejaba un Ford Fusion alquilado a Budget. Mientras viajaba a través de Harrisburg, Pennsylvania, el 17 de septiembre de 2014, Byrd llamó la atención del policía estatal David Long, quien se encontraba estacionado en la zona media de la Interestatal 81 operando un control de velocidad. El oficial notó que el vehículo Fusion era alquilado y que el asiento del conductor se encontraba reclinado a un "grado inusual". Así que le ordenó a Byrd que se detuviera, y después de revisar el papeleo de Byrd (no estaba incluido en el contrato de alquiler), el patrullero decidió que no necesitaba de ingún tipo de permiso para poder registrar el auto. El policía encontró cocaína al registrar el mismo. Se le solicitó a la Corte que dictaminara si la detención inicial violaba o no la Cuarta Enmienda.

"Pocas protecciones son tan esenciales para la libertad individual como el derecho a no ser sometido a registros y confiscaciones irrazonables", explicó el juez Kennedy. "Responder a esa pregunta requiere examinar si la persona que alega la violación constitucional contaba realmente con una expectativa legítima de privacidad al ser registrado."

El propietario de un vehículo tiene un evidente interés sobre la privacidad de su vehículo, pero en este caso el Fusion fue alquilado por un amigo en representación de Byrd. Los fiscales argumentaron que no su única razón para quejarse sobre registro practicado era la posición que tomaría un ladrón común. La Corte Suprema rechazó esa idea categóricamente, señalando que sería meramente una violación del contrato, no una cesión de un derecho fundamental.

"Dejando a un lado la mala interpretación del contrato por parte del Estado, pueden existir innumerables razones intrascendentes por las cuales un conductor no autorizado podría tomar el volante de un vehículo de alquiler y conducirlo; tal vez el arrendatario esté somnoliento o ebrio y los dos piensen que es más seguro que el amigo los conduzca a su destino", escribió el juez Kennedy.

La Corte Suprema remitió nuevamente el caso a las cortes de primera instancia, para que determinen si una persona que alquila un automóvil de manera fraudulenta con el propósito de contrabandear heroína debe ser tratada de manera diferente para los fines de un registro, a diferencia de una persona que tenga una explicación más ingenua como el haber sido excluida del contrato de alquiler.

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